Perito informático en procedimientos penales
Pericial informática, revisión técnica de informes policiales y dictámenes, contrapericiales y ratificación ante Juzgados y Tribunales.
Soy Eugenio Picón Rodríguez, Ingeniero en Informática colegiado y perito informático desde 2004. Intervengo en procedimientos penales y de instrucción cuando resulta necesario analizar una cuestión informática mediante conocimientos técnicos especializados.
Colaboro principalmente con abogados y despachos en asuntos en los que existen evidencias digitales, ordenadores y soportes informáticos, registros de actividad, sistemas, correos electrónicos, informes policiales o dictámenes periciales informáticos cuyo contenido o conclusiones deben ser analizados técnicamente.
Mi función como perito no consiste en sostener la posición de ninguna de las partes. Consiste en examinar de forma objetiva las evidencias y cuestiones técnicas sometidas a estudio y determinar qué puede acreditarse, qué limitaciones existen y qué conclusiones pueden sostenerse técnicamente.
Perito informático desde 2004 · Más de 1.000 procedimientos y asuntos periciales · Ingeniero en Informática colegiado nº 9 · Actuación profesional en toda España
¿Cuándo puede ser necesario un perito informático en un procedimiento penal?
En un procedimiento penal pueden existir hechos cuya correcta valoración dependa de conocimientos especializados en informática.
La propia Ley de Enjuiciamiento Criminal contempla la intervención pericial cuando para conocer o apreciar un hecho o circunstancia relevante resultan necesarios o convenientes conocimientos científicos o técnicos.
La consulta al perito puede resultar especialmente útil cuando el procedimiento incorpora:
- informes policiales de contenido informático que requieren una revisión técnica especializada;
- dictámenes periciales informáticos previamente emitidos;
- ordenadores, discos duros, memorias USB u otros soportes de almacenamiento;
- registros, logs, bases de datos o sistemas informáticos;
- correos electrónicos y documentación electrónica;
- programas de intercambio de archivos y redes P2P;
- aplicaciones o sistemas empresariales cuya actividad resulte relevante para los hechos investigados;
- o cualquier otra cuestión informática comprendida dentro del ámbito de especialización del perito.
La intervención puede producirse tanto durante la instrucción como posteriormente, cuando resulta necesario emitir un dictamen, revisar técnicamente otro informe o explicar y ratificar unas conclusiones ante el Tribunal.
Revisión técnica de informes policiales y periciales informáticas
Una parte especialmente relevante de mi actividad en procedimientos penales consiste en la revisión técnica independiente de informes policiales, análisis informáticos y dictámenes periciales incorporados al procedimiento.
La existencia de un informe técnico no significa que sus conclusiones deban aceptarse sin más. Tampoco implica que necesariamente sean incorrectas.
La revisión debe determinar:
- qué evidencias han sido analizadas;
- cómo fueron obtenidos los resultados;
- qué metodología y herramientas se utilizaron;
- si las operaciones realizadas están suficientemente documentadas;
- si los resultados pueden ser verificados o reproducidos;
- qué limitaciones presenta el análisis;
- y, especialmente, si las conclusiones formuladas se derivan realmente de los resultados obtenidos.
El análisis puede confirmar total o parcialmente las conclusiones, identificar determinadas limitaciones o poner de manifiesto discrepancias técnicamente fundamentadas.
Cuando estas discrepancias resultan relevantes y existe fundamento técnico suficiente, puede resultar procedente elaborar un contrainforme pericial informático o contrapericial informática.
Pericial informática en la defensa penal
Cuando un abogado penalista solicita mi intervención, mi función no consiste en demostrar una conclusión previamente decidida, sino en proporcionar el análisis técnico necesario para conocer el alcance real de las evidencias informáticas existentes en el procedimiento.
Ese análisis puede resultar especialmente importante para determinar:
- si un determinado hecho puede acreditarse técnicamente;
- si los datos permiten atribuir una operación a un usuario, equipo o sistema concreto;
- qué información aportan realmente los registros examinados;
- qué limitaciones existen para realizar una determinada atribución;
- si la metodología empleada en una investigación permite alcanzar las conclusiones formuladas;
- o si existen hipótesis técnicamente compatibles con las evidencias que no hayan sido suficientemente consideradas.
Para el abogado, conocer estos aspectos antes de definir determinadas líneas de actuación permite diferenciar aquello que puede defenderse técnicamente de aquello que las evidencias disponibles no permiten sostener.
Análisis de evidencias informáticas en procedimientos penales
Ordenadores y soportes de almacenamiento
Realizo el análisis de ordenadores, discos duros, memorias USB y otros soportes informáticos cuando su contenido o actividad resulta relevante para el objeto de la pericial.
El alcance del estudio depende siempre de las cuestiones que deben resolverse y de las evidencias disponibles.
Registros, logs y sistemas informáticos
Los sistemas informáticos pueden conservar registros que permitan reconstruir determinadas operaciones: accesos, ejecuciones, modificaciones, descargas, consultas o actuaciones realizadas por usuarios.
El análisis debe determinar qué registra realmente el sistema, con qué precisión, durante qué periodo y hasta dónde permiten llegar esos datos.
Especialmente importante es diferenciar entre que una operación haya sido registrada con determinado usuario, equipo o dirección técnica y que esos datos permitan identificar de forma inequívoca a una persona concreta.
Correos electrónicos y documentación electrónica
Cuando el procedimiento incorpora correos electrónicos o documentación digital, el análisis puede comprender su origen, autenticidad, integridad, trazabilidad, metadatos y correspondencia con los sistemas informáticos de los que proceden, siempre en función del objeto concreto de la pericial.
Redes P2P y programas de intercambio de archivos
Cuento con experiencia específica desde 2006 en procedimientos relacionados con programas P2P y sistemas de intercambio de archivos, en los que puede ser necesario analizar el funcionamiento técnico del software, los archivos existentes, los registros generados, las carpetas utilizadas y el alcance que puede atribuirse a la información obtenida durante una investigación.
En estas materias resulta especialmente importante diferenciar técnicamente entre conceptos como descarga, almacenamiento, puesta a disposición, intercambio de fragmentos, dirección IP, equipo utilizado y atribución personal de una determinada actividad.
Cómo trabajo en una pericial informática penal
1. Estudio de la documentación
Reviso la documentación relevante del procedimiento: atestados, informes policiales, dictámenes periciales, resoluciones, escritos procesales y documentación técnica.
El objetivo inicial es comprender qué hechos se investigan y qué cuestiones requieren realmente conocimientos informáticos especializados.
2. Definición del objeto de la pericial
Trabajo con el abogado para concretar las preguntas técnicas que deben ser analizadas.
El objeto debe ser preciso y técnicamente resoluble. Una buena pericial no parte de preguntas destinadas a obtener una respuesta predeterminada, sino de cuestiones que puedan contestarse a partir de evidencias verificables.
3. Análisis técnico independiente
Realizo las comprobaciones necesarias aplicando la metodología adecuada a cada cuestión y documento las operaciones practicadas y sus resultados.
Cuando existe un informe previo, contrasto sus procedimientos y conclusiones con las evidencias disponibles.
4. Elaboración del dictamen pericial informático
El dictamen expone de forma comprensible qué se ha analizado, cómo se ha realizado el análisis, qué resultados se han obtenido y qué conclusiones pueden sostenerse técnicamente.
También se reflejan las limitaciones relevantes cuando la evidencia disponible no permite alcanzar un determinado grado de certeza.
5. Preparación y ratificación en juicio
Antes de la vista puedo revisar con el abogado aquellas cuestiones técnicas que previsiblemente requerirán explicación durante el interrogatorio.
Posteriormente ratifico personalmente el dictamen ante el Juzgado o Tribunal, explicando la metodología, resultados y conclusiones y respondiendo a las preguntas que se formulen.
Objetividad e independencia del perito en el proceso penal
La independencia del perito es especialmente importante en el ámbito penal.
La Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que los peritos, tanto los nombrados judicialmente como los designados por las partes, deben actuar fielmente en sus operaciones y sin otra finalidad que descubrir y declarar la verdad.
Esto significa que el hecho de que un abogado solicite una pericial no convierte al perito en defensor técnico de una determinada tesis.
Mi obligación profesional consiste en analizar las evidencias con objetividad y expresar las conclusiones que resulten del análisis, aunque alguna de ellas no coincida con la hipótesis inicialmente planteada.
Esta independencia es también esencial cuando realizo una contrapericial: un informe previo puede resultar correcto, parcialmente correcto o contener conclusiones que no encuentren respaldo técnico suficiente. El análisis debe determinar cuál de esas situaciones concurre.
Contrapericial informática en un procedimiento penal
Cuando el procedimiento ya incorpora un informe policial o dictamen pericial informático, puede ser especialmente conveniente realizar primero una revisión de viabilidad técnica antes de decidir si procede emitir un nuevo dictamen.
No toda discrepancia justifica una contrapericial.
Cuando el análisis identifica cuestiones técnicamente relevantes, el contrainforme puede servir para exponer de forma estructurada:
- qué aspectos del análisis previo pueden confirmarse;
- qué limitaciones existen;
- qué operaciones necesitan ser verificadas;
- qué inferencias no cuentan con respaldo suficiente;
- y qué conclusiones pueden sostenerse a partir de las evidencias disponibles.
Puedes ampliar esta cuestión en mi servicio de contrainforme pericial informático y en el artículo Contrainforme pericial informático: qué es, cuándo procede y cómo se realiza.
Experiencia como perito informático en procedimientos penales
Ejerzo profesionalmente como perito informático desde 2004 y he intervenido a lo largo de mi trayectoria en más de 1.000 procedimientos y asuntos periciales.
Soy Ingeniero en Informática, colegiado nº 9 del Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de la Comunidad de Madrid, y actúo profesionalmente en toda España.
Mi experiencia comprende la emisión de dictámenes, revisión técnica de informes policiales y periciales, elaboración de contrainformes y posterior ratificación y defensa técnica de las conclusiones ante Juzgados y Tribunales.
He intervenido también en asuntos de especial complejidad ante órganos judiciales de ámbito nacional y el Tribunal Supremo.
La informática comprende especialidades muy diferentes. Por ello, antes de aceptar cualquier encargo valoro si la cuestión planteada se encuentra dentro de mi ámbito de conocimiento y experiencia profesional.
Preguntas frecuentes sobre peritaje informático penal
¿Puede revisarse un informe policial informático?
Sí. Un informe policial que contiene análisis o conclusiones de naturaleza informática puede ser estudiado técnicamente para determinar qué evidencias se han utilizado, qué metodología se ha aplicado y qué alcance permiten realmente los resultados obtenidos.
La finalidad de la revisión no es cuestionarlo necesariamente, sino comprobar técnicamente sus fundamentos y conclusiones.
¿Es necesario elaborar siempre una contrapericial?
No.
Lo adecuado es revisar primero el informe o dictamen existente y valorar si existen cuestiones técnicamente relevantes que justifiquen la elaboración de un nuevo informe pericial.
¿Puede intervenir el perito durante la instrucción?
Sí. La intervención temprana puede permitir identificar las cuestiones técnicas relevantes, valorar las evidencias disponibles y determinar qué análisis o documentación pueden resultar necesarios.
¿Puede ayudar el perito al abogado a preparar el interrogatorio?
Sí. Puedo revisar con el abogado las cuestiones técnicas del procedimiento, la metodología y las conclusiones de los informes existentes para determinar qué aspectos pueden necesitar explicación durante la vista.
Mi actuación mantiene en todo momento la independencia y objetividad propias de la función pericial.
¿El mismo perito realiza el análisis y ratifica el dictamen?
Sí. Personalmente estudio la documentación, realizo el análisis, elaboro el dictamen y, cuando soy citado, ratifico y defiendo técnicamente mis conclusiones ante el Juzgado o Tribunal.
¿Necesitas valorar una cuestión informática en un procedimiento penal?
Si eres abogado y estás estudiando un procedimiento penal en el que existen evidencias informáticas, informes policiales o dictámenes periciales que requieren una valoración técnica especializada, puedes contactar conmigo para realizar un estudio inicial.
Analizaré la documentación disponible para determinar qué cuestiones pueden resolverse técnicamente, qué evidencias serían necesarias y si el asunto se encuentra dentro de mi ámbito de especialización.
Puedes contactar conmigo para exponerme brevemente el asunto y valorar la posible intervención pericial.

2 comentarios.
Buenas tardes,
Agradecería me respondiera a la siguiende duda. Si el delito informático se trata de difusión de fotos en internet dentro de una cuenta soporte ubicada en una web de citas (badoo, pof, etc), es decir, C.P 197.7-revelación secretos informáticos. Es decir, un denunciante acusa a alguien de usar/mostrar sus fotos sin permiso dentro de una URL en internet. En la denuncia no incluye prueba del hecho base, es decir, no comunica la dirección URL del perfil que usa sus fotos, tampoco aporta capturas de pantalla del perfil, ni en denuncia, ni en declaración policial y judicial. Acusa a una persona como autor, alegando que obtuvo ciertos datos de su identidad por medio de un chat en la web de citas. Mi pregunta es, ¿es necesario aporte+peritaje de la URL de la cuenta infractora en internet para demostrar el hecho base del delito? por ahora el acusado fue detenido y está imputado en fase de intrucción. Así que el juzgado tramitó denuncia sin constar por ninguna parte la prueba primaria de la comision del presunto delito:url de cuenta. ¿cual es su opinion al respecto? Muchas gracias.
Estimado Kevin.
Desde un punto de vista jurídico: Efectivamente se puede realizar la denuncia que se ha realizado. Y así ha sido realizada y admitida por el Juzgado. Ahora es función del Juzgado de Instrucción investigar el supuesto delito. Dependiendo de los resultados de la investigación del Juzgado el asunto se puede archivar o terminar en acusación del fiscal y/o de alguna acusación particular.
Desde un punto de vista técnico: El Juzgado de Instrucción en absoluto precisa de la URL que usted menciona porque se puede dirigir a la web de citas y hacer las investigaciones que considere necesarias de acuerdo a la Ley. La web de citas considero que guarda lo publicado y contestará a todas las peticiones del Juzgado.
Lo mejor en estos casos: además de contratar un buen abogado penalista, es contratar y asesorarse profesionalmente por un perito informático ingeniero que le acompañe desde el principio hasta el fin en este proceso.
Muchas gracias por su consulta.