La incautación de bienes consiste en la confiscación o en la privación a alguien de alguno o algunos de sus bienes por estar estos relacionados con la comisión de un delito o de una infracción administrativa. Es muy común la incautación de dispositivos electrónicos, sobre todo cuando se tiene la sospecha de que alguien ha cometido ciertos delitos. Esto se debe a que en estos suele haber archivos, información y un rastro de la conducta del investigado. Por ello, durante la investigación se suelen incautar este tipo de dispositivos. Sin duda, es fundamental saber qué es incautar, cuándo y cómo se lleva a cabo.
En qué momento es posible incautar dispositivos electrónicos de un investigado
De acuerdo con el apartado sexies del artículo 588 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se podrán incautar ordenadores, teléfonos y otros dispositivos electrónicos o de almacenamiento de información cuando, durante un registro al domicilio del investigado, se considere oportuno.
Será el juez de instrucción competente para conocer el caso quien decidirá y justificará la incautación de los dispositivos electrónicos del investigado para su intervención. En este sentido se pronuncia el Tribunal Supremo en su jurisprudencia al argumentar que se necesitará un acto jurisdiccional que habilite la intervención de un dispositivo electrónico. Ya que esta actuación vulnera el derecho de exclusión del entorno virtual, el de inviolabilidad de las comunicaciones y el derecho a la intimidad.
No solo se podrán incautar dispositivos electrónicos en el domicilio del investigado durante su registro, sino que también se podrán incautar fuera. Para ello, también será necesaria la autorización judicial. Además, y de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, es posible incautar los dispositivos electrónicos del domicilio del investigado a pesar de que, en el mismo domicilio, la Policía ya hubiera llevado a cabo un primer registro. Así, el Alto Tribunal entiende que el registro de los dispositivos electrónicos no es incompatible con la incautación de los mismos para llevar examinarlos en profundidad cuando el material informático sea sospechoso de guardar información que acredite la comisión de un delito.
Los dispositivos electrónicos del investigado podrán ser incautados con el consentimiento de su titular o con autorización del juez competente, quien deberá razonar y justificar esta incautación. Además, deberán existir indicios fundados que hagan pensar que en dichos dispositivos electrónicos se encuentran datos relevantes para comprobar el hecho investigado. A fin de para determinar la comisión de un delito o para averiguar la autoría de un delito o el paradero de su autor.
Cómo se incautan los dispositivos electrónicos
No obstante, no se ha de perder de vista que la autorización para incautar los dispositivos electrónicos del investigado durante el registro de su domicilio no da derecho a acceder al contenido de los mismos. Sin embargo, es cierto que el acceso al contenido de estos dispositivos podrá ser autorizado en un momento posterior por el juez con competencia.
Por otro lado, siempre que los dispositivos electrónicos en soporte físico sea objeto o instrumento del delito cometido, no se incautarán los soportes físicos, de forma que se evite causar al titular de los mismos un perjuicio grave. Esto significa que se hará una copia de estos dispositivos de forma que se garantice la autenticidad y la integridad de los datos que contengan.
En conclusión
En definitiva, la incautación de dispositivos electrónicos se deberá llevar a cabo con meticulosidad y respetando en todo caso las garantías procesales del investigado.
No se ha de perder de vista que estas actuaciones pone en jaque derechos fundamentales como la intimidad o el secreto de las comunicaciones. Por eso, es de vital importancia que el registro y la incautación de los soportes informáticos se lleve a cabo dentro de los márgenes establecidos en las correspondientes autorizaciones judiciales.
A la hora de registrar el contenido de los dispositivos electrónicos, resulta primordial la figura del perito informático, profesionales especializados en informática que podrán hacer un análisis en profundidad del contenido de los dispositivos electrónicos. De esta forma, se podrá determinar si se ha cometido o no un delito o quién es su autor.
Además de todo lo anterior, los peritos informáticos podrán determinar la autenticidad de los datos contenidos en los equipos y dispositivos informáticos. Y lo que es también fundamental, determinar que la cadena de custodia de este tipo de pruebas se ha respetado en todo momento. En definitiva, incautar los bienes del investigado es una acción que puede vulnerar sus derechos fundamentales y garantías procesales más importantes. Es por ello por lo que el papel del perito informático es de vital importancia. Será el encargado de examinar el material y manifestar que la cadena de custodia no se ha roto. Ahora que ya conoces la importancia del perito, si necesitas los servicios de un profesional, no dudes en contactarme y podré ayudarte en tu caso.
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