El acoso telefónico es delito, eso es lo primero que todos debemos tener claro. Porque eso significa que nadie tiene que aguantar que su tranquilidad se vea interrumpida por llamadas constantes procedentes de un particular o de una empresa que quiere vender algo, cobrar una deuda, etc. Si estás en una situación de este tipo, puedes denunciar. Como perito informático, puedo ayudarte a que el juez tenga en consideración lo que te ocurre y te dé la razón.
Qué es el acoso telefónico y sus características
Este delito se comete cuando una persona contacta con otra por vía telefónica de una manera insistente y reiterada, alterando el normal desarrollo de la vida cotidiana de la víctima. Las llamadas de acoso se caracterizan por el abuso y la falta de deseo por quién las recibe, pero su objetivo puede ser muy diferente. Quien llama puede buscar:
- Acosar a la víctima buscando su cercanía física.
- Conseguir que adquiera productos o contrate un servicio.
- Atentar contra su libertad o contra su patrimonio.
- Amenazar, insultar, humillar o realizar cualquier conducta que menoscabe la integridad moral de la víctima, o le haga ver que su integridad física corre peligro.
La conducta es abusiva cuando se realiza directamente sobre la víctima, pero también si se acosa a terceros para obtener sus datos. Por ejemplo, una práctica extendida en las empresas de recobros, si no consiguen dar con el deudor, es llamar a sus familiares para intentar obtener un nuevo número de teléfono o incluso para amenazarles.
Cuándo se considera un delito de acoso telefónico
Vamos a ver a partir de cuántas llamadas es acoso en España. Porque ya tenemos claro que una de las características de este delito es que la conducta del acosador debe darse con reiteración.
El Código Penal no hace referencia expresa a cuántas llamadas debe recibir una persona en un determinado período de tiempo para poder entender que está siendo acosada y, por el momento, tampoco hay jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Una de las primeras sentencias al respecto, que ha sentado jurisprudencia, es la que dictó el Juzgado de Instrucción número 3 de Tudela (Navarra). En ella, se destaca que no es suficiente que la conducta sea insistente y reiterada. Pero, además, debe haber una estrategia sistemática de persecución por parte de quién emite las llamadas. También se prestará especial atención al menoscabo que está sufriendo la víctima en el desarrollo de su vida cotidiana. Así, dos llamadas de marketing telefónico al día no son acoso, pero pueden convertirse en un delito de este tipo si la conducta se extiende en el tiempo y las llamadas se efectúan a horas en las que no se considera adecuado un contacto comercial.
En el caso de alguien que acose telefónicamente a su expareja, podría ser delito aunque las llamadas se produjeran solo una vez por semana. Siempre y cuando fueran suficiente para alterar el estado de ánimo de la víctima y afectar a su vida cotidiana.
Cómo puedes demostrar que eres víctima de acoso telefónico
Ya sabemos cuándo se considera acoso telefónico, así que llega el momento de dar el primer paso para poner fin a la situación: denunciar.
En algunos casos, basta con interponer la denuncia para que el acosador se “asuste” y cese en su conducta, aunque también es probable que haya que acabar yendo a juicio para resolver el problema definitivamente. Lo que está claro es que el acosador no va a cesar en su conducta de forma voluntaria. De hecho, si ve que la víctima se siente mal y no toma medidas, es probable que intensifique su ataque. De ahí la necesidad de denunciar. Lo más sencillo en estos casos es grabar las conversaciones para dejar constancia de estas, aunque también es buena opción presentar una copia de la relación de las llamadas recibidas en un determinado número de teléfono durante un tiempo concreto.
La denuncia se puede interponer en la Policía o directamente en el juzgado. Si el acosador fuera una empresa, también cabe la posibilidad de denunciar ante la autoridad de consumo de la comunidad autónoma, o incluso ante la agencia de protección de datos, si quien emite las llamadas no está autorizado para contactar con la víctima. Los teléfonos no dejan de ser dispositivos electrónicos, por lo que un perito informático puede ser de gran ayuda en estos casos a la hora de acreditar que las pruebas que aporta la víctima en el juicio son verdaderas. Incluso para aportar pruebas cuando la persona afectada no haya podido grabar las conversaciones o no disponga de medios para acreditar que la están acosando.
El perito se encargará de identificar las pruebas digitales y preservar la cadena de custodia de estas. El acoso telefónico es un delito que altera gravemente la vida de las personas, hasta puede tener consecuencias a nivel psicológico. De ahí la necesidad de denunciar este tipo de situaciones. Si has sido víctima de un acosador telefónico y necesitas un perito informático, puedo ayudarte a obtener pruebas que te ayuden a ganar el juicio.
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